decreto-insolvencia-2

Gobierno expidió Decreto Ley con medidas transitorias especiales para Insolvencia

Contarán con beneficios tributarios, así como suspensión de normas y obligaciones legales

Laura Neira Marciales – lneira@larepublica.com.co

El gobierno sigue buscando maneras de apoyar a las empresas para que puedan afrontar y superar la crisis que viven muchas por cuenta de la situación mundial por el Covid-19, por lo que por medio de la Superintendencia de Sociedades expidieron el Decreto Ley 560 de 15 de abril de 2020 con el que se les da medidas transitorias especiales para insolvencia.

Esto con el “fin de crear un sistema de recuperación empresarial, amplio e incluyente, que facilite la preservación de la empresa y el empleo, sin descuidar el crédito, y que abarque a todos los actores de la economía proporcionando soluciones efectivas y ágiles”, según afirmó la Supersociedades. 

Juan Pablo Liévano, Superintendente de Sociedades, afirmó que “desde el momento en que se presentó la declaración de Emergencia Económica, Social y Ecológica, la Superintendencia, que venía estudiando y analizando desde el mes de julio de 2019 el régimen de insolvencia para una reforma estructural, señaló que era necesario contar con diferentes herramientas jurídicas de coyuntura para facilitar los acuerdos entre deudores y acreedores y así preservar la empresa y el empleo.https://platform.twitter.com/embed/index.html?creatorScreenName=larepublica_co&dnt=false&embedId=twitter-widget-0&frame=false&hideCard=false&hideThread=false&id=1250559709796499459&lang=es&origin=https%3A%2F%2Fwww.larepublica.co%2Fespeciales%2Flos-decretos-de-la-emergencia-economica%2Fgobierno-expidio-decreto-ley-con-medidas-transitorias-especiales-para-insolvencia-2992949&siteScreenName=larepublica_co&theme=light&widgetsVersion=ed20a2b%3A1601588405575&width=550px

Entre la medida se contempla que creación de herramientas extra-judiciales de negociación expeditas, esto dentro del marco de las reorganizaciones empresariales.

Con esto se “permite la solución pronta y adecuada de la crisis de la empresa y la atención de diferentes sectores de la economía. Son las negociaciones de emergencia de acuerdos de reorganización y el procedimiento de recuperación empresarial en las cámaras de comercio”.

Asimismo, para proteger la empresa, el empleo y el crédito se reducirán los requisitos formales para admisión a los procesos, se permitirá el pago de pequeñas acreencias y venta de activos para su pago sin autorización judicial.

Se crean mecanismos de mejoramiento del flujo de caja de la empresa que facilita la celebración de acuerdos (capitalización de acreencias, descarga de deudas y pactos de deuda sostenible; se generan incentivos de prelaciones y garantías para créditos nuevos en la etapa de negociación judicial.

Se  crean mecanismos para evitar la liquidación de una empresa a través de la compra de la empresa en marcha; se suspenden las cuotas de los acuerdos de reorganización de abril, mayo y junio, las cuales se considerarán vencidas en julio, y tendrán una periodo de tres meses para su subsanación en audiencia.

En cuanto a los beneficios tributarios, se tomarán medidas hasta el 31 de diciembre de 2020 con las que se buscará ayudar con la caja y aliviar la situación de los deudores que han sido admitidos a un proceso de reorganización empresarial o que hayan celebrado un acuerdo de reorganización y se encuentren ejecutándolo.

Por otro lado, se suspenderán diversas normas y obligaciones legales con el fin de preservar las empresas y facilitar el manejo del orden público económico, tales como la causal de disolución por pérdidas.

Fuente:
https://www.larepublica.co/especiales/los-decretos-de-la-emergencia-economica/gobierno-expidio-decreto-ley-con-medidas-transitorias-especiales-para-insolvencia-2992949

Tags: No tags

Comments are closed.